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Derechos

Todo ciudadano(a) tiene derecho a:

 
  • · Solicitar información de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las
  • sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con
  • participación estatal.
  • · Recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del
  • Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas y/o
  • compañías por acciones con participación estatal.
  •  
  • · Acceso gratuito a la información en tanto que no requiera reproducción de la
  • misma.
  •  
  • · Solicitar, recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del
  • Estado.
  •  
  • · Conocer los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general
  • que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  •  
  • · Opinar sobre los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter
  • general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  •  
  • · Obtener información sobre los servicios que ofrece el Estado y sus tarifas.
  •  
  • · Saber sobre la estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos,
  • informaciones de gestión y bases de datos de la administración pública.
  •  
  • · Conocer sobre los presupuestos y sus cálculos de recursos y gastos aprobados,
  • evolución y estado de ejecución.
  •  
  • · Tener información sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos,
  • ejecución y supervisión.
  •  
  • · Acceder a la nómina del Estado y sus remuneraciones.
  •  
  • · Estar al tanto sobre las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.
  •  
  • · Conocer la declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Estado cuando su
  • presentación corresponda por ley.
  •  
  • · Recibir información sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales,
  • subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.
  •  
  • · Saber sobre el estado de cuentas de la deuda pública, sus vencimientos y pagos.
  •  
  • · Buscar las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y
  • cualquier tipo de normativa.
  •  
  • · Solicitar y recibir oportunamente cualquier tipo de documentación financiera

relativa al presupuesto público.

En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.